Micelio
Auto10 de diciembre de 2025

A- de 2025

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Rodriguez Morales Luz Nancy·Demandado Universidad Del Valle

Tema · dato duro
Demanda De Sustitución Pensional Promovida Por Beneficiario De Trabajador Oficial Mediante El Cual Se Pretende La Aplicación De Un Derecho Derivado De Una Convención Colectiva De Trabajo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali, y el Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito Judicial Administrativo de la misma ciudad, causado por una demanda ordinaria laboral promovida por una ciudadana, contra la Universidad del Valle, para que se ordene a la demandada reconocer y pagar a su favor el 23% restante que le corresponde del 50% como compañera permanente de su compañero fallecido, se ordene a la demandada pagar las diferencias resultantes, entre otras pretensiones.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena señala que al caso es pertinente aplicar la regla de decisión contenida en el Auto 371/22 ya que los supuestos de hecho se ajustan.

En este caso, en concreto, se reitera que en la demanda se pretende que se reconozca y pague, a favor de la demandante, el porcentaje restante de la pensión de vejez del causante, que asegura le corresponde como parte del 50% asignado, como compañera permanente, tras el fallecimiento de aquel.

Y, en segundo lugar, el causante ostentó la calidad de trabajador oficial, al desempeñarse como vigilante de la Universidad del Valle, como fue certificado.

También fue acreditado que al causante se le reconoció y autorizó el pago de su pensión de vejez de carácter convencional como trabajador oficial.

Así, no obstante que una persona de derecho público administre el régimen de seguridad social aplicable a dicha pensión, el trabajador no tuvo la calidad de empleado público al momento de causar la prestación o durante su última vinculación laboral.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali, y el Juzgado 017 Administrativo Oral del Circuito Judicial Administrativo de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido.
  2. SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-7270 al Juzgado 021 Laboral del Circuito de Cali para que adelante las funciones de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.